Normas legales
Calendario
Consultas
Mercado de servicios
Boletines
Novedades
SERVICIOS SOCIALES

Considerados como el conjunto de servicios que por su característica particular se orientan a población en situación de pobreza, pobreza extrema y dentro del distrito o provincia.

Esta sección de divide de la siguiente manera:

Programas alimentarios

  • Programa de vaso de leche
  • Programa de complementación alimentaria

Educación e infraestructura educativa

  • Educación inicial
  • Alfabetización

Salud

Defensoría Municipal del Niño y Adolescente (DEMUNA)


Programas Alimentarios

Los programas alimentarios canalizan los fondos destinados por el Estado a apoyar la alimentación de la población en situación de pobreza y de pobreza extrema, se caracterizan por utilizar “redes sociales”, es decir, organizaciones sociales que intermedian entre el Estado y los beneficiarios finales; que son los comedores populares, los clubes de madres o los comités de vaso de leche.
Estos programas son gestionados de diferente manera, el Programa Vaso de Leche, es ejecutado por las municipalidades distritales, los otros programas alimentarios han venido siendo gestionados por el PRONAA (MIMDES).Uno de los principales objetivos de la transferencia es que los programas alimentarios respondan a la realidad de cada provincia y distrito y lleguen a la población que realmente los necesita. Se espera que la cercanía de las Municipalidades a la población, permita una focalización para que se atienda a la población más pobre.

Los programas alimentarios deben ejecutarse con la mayor participación de la población organizada. No sólo porque se requiere una red social para que funcionen, sino porque la transparencia de las operaciones debe estar garantizada, tanto en lo que significa la compra de alimentos, como en la entrega. La compra de alimentos da a las municipalidades capacidad de intervenir en mercados agrarios y en ellos se juegan muchos intereses, habiendo riesgo de corrupción. La selección de beneficiarios para la entrega de alimentos da a las municipalidades un “poder sobre la pobreza” que puede ser mal utilizado en mecanismos de clientela, uso político de los alimentos, etc.

Programa de vaso de leche

Con el programa del vaso de leche, creado por la Ley del Vaso de Leche , se busca proveer desde las municipalidades (provinciales inicialmente) y sin costo alguno para la población materno –infantil, que agrupa a madres gestantes y en período de lactancia y a niños de 0-6 años, una ración de 250 cc de leche o alimento equivalente, pudiendo incluirse a niños entre 7 y 13 años siempre que se cumpla con la atención a la población antes mencionada.

En cada municipio (distrito capital de la provincia, en las municipalidades distritales y de centro poblado) se conforma un Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche, el mismo que es aprobado mediante resolución de Alcaldía, con acuerdo del Concejo Municipal. Este Comité está integrado por el Alcalde, un funcionario municipal, un representante del Ministerio de Salud y tres representantes de la Organización del Programa del Vaso de Leche, y adicionalmente esta conformado por un representante de la Asociación de Productores Agropecuarios de la región o zona. La organización del programa se encuentra señalada en la Ley 27470

Las Municipalidades, en coordinación con la Organización del Vaso de Leche, organizan programas, coordinan y ejecutan la implementación de dicho Programa en sus fases de selección de beneficiarios, programación, distribución, supervisión y evaluación.

El Comité de Administración de Programa del Vaso de Leche reconocido por la Municipalidad correspondiente es el responsable de la selección de los insumos alimenticios. Las representantes de las Organizaciones de Base, alcanzan sus propuestas de insumos, previa consulta a las beneficiarias.

Estos insumos deben ser seleccionados en base a criterios nutricionales regulados en la Directiva “Valores Nutricionales Mínimos del Programa del vaso de Leche”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 711-2002-SA/DM. Veamos:

Valores nutricionales mínimos que deberá cumplir la ración diaria del Programa del Vaso de Leche para niños menores de 6 años: 

Requerimiento Mínimo de Energía por Ración/día
 
  Cantidad (Kcal)
Energía 207

Requerimiento mínimo de Vitaminas y Minerales por Ración/día
 
Vitaminas Cantidad
Vitamina A – ug de retinol 425
Vitamina C - mg 41,5
Tiamina - mg 0,45
Ribiflavina - mg 0,49
Vitamina B6 - mg 0,60
Vitamina B12 - ug 0,46
Niacina - mg 5,85
Acido Fólico - ug 41,25

 

Minerales Cantidad
Hierro - mg 10
Yodo - ug 42
Calcio - mg 465
Fósforo - mg 390
Zinc - mg 6

Distribución Energética diaria por ración del Programa del Vaso de Leche
 
Nutriente Distribución Energetica Cantidad  
(%) g
Proteinas 12 15 6.21 7.76
Grasas 20 25 4.6 5.75
Carbohidratos 68 60 35.19 31.05
Total 100 100    

En lo que concierne al control del Programa del Vaso de Leche, las municipalidades provinciales y distritales deben informar a la Contraloría General de la República sobre el gasto efectuado, origen de los alimentos adquiridos y proveedores que abastecieron al Programa durante el mes reportado, utilizando el Formato PVL “Información Mensual de Gastos de Ingresos del Programa del Vaso de Leche (Anexo N° 1 de la Directiva N° 005-2008-CG/PSC).

Asimismo las municipalidades provinciales y distritales cuyas transferencias mensuales de recursos sean mayores de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), deberán llenar y presentar adjunto al Formato “Información Mensual de Gastos de Ingresos del Programa del Vaso de Leche”, el Formato Ración A, “Información de la Ración Mensual Distribuida por el Programa del Vaso de Leche” (Anexo 2 de la citada Directiva), en el que se reportaran los datos de la(s) ración(es) distribuidas en el mes, días de atención, certificados de calidad de los alimentos adquiridos y número de beneficiarios atendidos.

Por otro lado, aquellas municipalidades provinciales y distritales cuyos montos de asignación mensual para atender el Programa del Vaso de Leche sean menores a una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), deberán llenar y presentar adjunto al Formato PVL “Información Mensual de Gastos e Ingresos del Programa del Vaso de Leche”, el Formato Ración B, “Información de la Ración Mensual Distribuida por el Programa del Vaso de Leche (Anexo N° 3 de la Directiva en mención), informando los datos de la(s) ración(es) distribuidas en el mes, días de atención y número de beneficiarios atendidos.

Según corresponda, los Formatos PVL Ración A y Ración B serán registrados directamente por el personal de las municipalidades, en el aplicativo informático denominado “Sistema del Programa del Vaso de Leche”, luego tendrán que ser probados por el titular de la entidad o por algún funcionario debidamente autorizado. Una vez impresos utilizando la opción que ofrece el sistema, serán firmados y presentados a la Contraloría General de la República de manera trimestral, dentro de los 15 días útiles posteriores al término de cada trimestre.

Las Organizaciones Sociales de Base

Es conveniente mencionar que las organizaciones ligadas al desarrollo alimentario han sido declaradas de prioritario interés nacional, estableciéndose que las Organizaciones Sociales de Base- OSB tienen existencia legal y personería jurídica, bastando su inscripción Registros Públicos Regionales. Las Organizaciones Sociales de Base inscritas en los Registros de los Gobiernos Locales, en virtud de normas de carácter provincial o distrital, pueden convalidar esta inscripción ante el Registro Público Regional, con la respectiva resolución municipal que declare el registro. Así también, la mencionada ley reconoce a las Organizaciones Sociales de segundo o más niveles que coordinan o centralizan la labor de las Organizaciones Sociales de Base.

Para mayor información consultar la Ley 25307 y el reglamento de la Ley 25307.

El Programa de complementación alimentaria

En el mes de octubre del año 2003, el gobierno nacional inició la transferencia hacia las municipalidades provinciales de los programas de complementación alimentaria. Estos programas constituyen formas de apoyo temporal, a través de los cuales se proporciona un complemento alimenticio a la población en situación de pobreza, pobreza extrema y riesgo moral y de salud. Los programas transferidos a las 192 municipalidades provinciales son:

  • Programa de comedores: busca elevar el nivel alimentario de la población más pobre mediante un complemento alimentario otorgado a través de comedores.
  • Programa de alimentos por trabajo: busca estimular, apoyar y orientar la iniciativa de la población en la generación y ejecución de obras comunales que tengan beneficios posteriores para sus comunidades.
  • Programa de hogares y albergues: busca contribuir a mejorar los niveles alimentarios y nutricionales de los niños y adolescentes en riesgo moral y de salud alojados en hogares, albergues o centros de rehabilitación de menores.

Las municipalidades han recibido recursos económicos para la adquisición de alimentos, gastos operativos para actividades de administración, adquisición, distribución, almacenamiento y supervisión.

El modelo de gestión de los programas de complementación alimentaria

La transferencia de los programas alimentarios a las municipalidades promueve una nueva relación entre autoridad local y beneficiarios. Se trata de que los programas alimentarios se ejecuten con la mayor participación de la población organizada. No sólo porque se requiere una red social para que funcionen, sino porque la transparencia de la gestión debe estar garantizada, en la compra de alimentos, como en la entrega.

Los comités de gestión de los programas alimentarios

La transferencia de los programas de complementación alimentaria promueve la conformación y funcionamiento del Comité de Gestión Provincial de los Programas Alimentarios, mecanismo efectivo de participación ciudadana, en el que participa la municipalidad, representantes del MIMDES, las organizaciones sociales de base y otros actores comprometidos con la problemática alimentaria.

Para participar en el Comité de Gestión de los programas alimentarios, las representantes de las organizaciones sociales beneficiarias de los programas alimentarios son elegidas de manera democrática y transparente. Desde que se inició la transferencia de los programas sociales se han conformados comités de gestión en las 192 provincias que cuentan ya con estos programas.

Educación e Infraestructura educativa

Los planes de Desarrollo Local, ubican al mejoramiento de la situación educativa de su ámbito como uno de sus objetivos sociales municipales primordiales, planteando distintas actividades y proyectos.

Las funciones municipales en materia educativa guardan relación con el concepto de desarrollo humano, es decir con aquel desarrollo que tiene como centro de sus objetivos a la persona y la plena expansión de sus capacidades y derechos.

En el ejercicio de sus funciones, las municipalidades deben coordinar con el gobierno regional, ya que estas se ejecutan de manera compartida. La realización de transferencias de recursos financieros a los centros y programas eductaivos se encuentran permitidas siempre que se hagan de acuedo con la Ley de Presupuesto de la República.

Así, las municipalidades desarrollan principalmente las siguientes funciones en materia de gestión:

  • Monitorear la gestión educativa pedagógica y administrativa de las instituciones educativas.
  • Impulsar y organizar el Consejo Participativo Local de Educación, a fin de generar acuerdos concertados y promover la vigilancia y el control ciudadanos. El Consejo Participativo Local de Educación es un órgano de participación, concertación y vigilancia educativa durante la elaboración, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Local en el ámbito de su jurisdicción. Está integrado por el Director de la Unidad de Gestión Educativa Local y los representantes de los estamentos que conforman la comunidad educativa, de los sectores económicos productivos, de las municipalidades y de las instituciones públicas y privadas más significativas. Participa anualmente en la elaboración y rendición de cuentas del presupuesto de la Unidad de Gestión Educativa Local.
  • Organizar y sostener centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte.
  • Promover la cultura de la prevención mediante la educación para la preservación del ambiente.
  • Promover la consolidación de una cultura de ciudadanía democrática y fortalecer la identidad cultural.
  • Construir, equipar y mantener la infraestructura de los locales educativos.

Coordinar, ejecutar y evaluar, con los gobiernos regionales, los programas de alfabetización en el marco de las políticas y programas nacionales. 
 

En el año 2007, el Plan piloto de municipalización de la gestión educativa de niveles inicial y primaria comenzó con la participación de 47 municipalidades que cumplieron con conformar su Consejo Educativo Comunal, crearon su Secretaría Técnica, sus comisiones de transferencia, capacitaron a su personal y completaron los requisitos para recibir las transferencias de las instituciones educativas.



Municipalización de la educación

El objetivo de la municipalización de la educación consiste en mejorar la calidad de la educación a través de la aplicación de un modelo de gestión educativa con la participación del Municipio y la Comunidad Educativa Local, en el marco del plan de desarrollo local y el proceso de descentralización.


La estrategia planteada consiste en que la municipalización de la educación se lleve a cabo de manera progresiva, gradual y por etapas.

Así, la etapa de iniciación comprende la implementación de un Plan Piloto.

La segunda etapa consiste en su expansión, es decir en el aumento del número de distritos y provincias integrantes de la municipalización de la gestión educativa.

Finalmente, se tiene previsto una etapa de generalización, que consiste en el crecimiento significativo del número de distritos y provincias.

La conformación de Consejos Educativos Municipales en cada municipalidad para dirigir y conducir la gestión educativa municipal es uno de los pilares centrales de la estrategia, que marca el inicio del proceso.

De ese modo, y en el marco del proceso de descentralización, la municipalización de la gestión educativa debe introducir una nueva dinámica en el desarrollo de la educación, siendo la unidad mínima de la planificación del desarrollo el distrito. En ese sentido, el Proyecto Educativo Local se convierte en el instrumento clave de la planificación estratégica.

Por otro lado, la educación básica en el proceso de municipalización educativa permite:

  • Adecuar las políticas nacionales y regionales, y formular las propias en relación con el servicio educativo.
  • Elaborar el Proyecto Educativo Local (PEL) sobre la base de las propuestas de las Instituciones Educativas.
  • Decidir, en acuerdo con las Instituciones, los modelos de organización y funcionamiento del servicio.
  • Proponer metas y superar los indicadores de eficiencia educativa en su jurisdicción (cobertura, inclusión, retención y calidad).
  • Proporcionar los lineamientos para la adecuación del currículo de acuerdo a la realidad local.
  • Erradicar el analfabetismo en su jurisdicción.
  • Impulsar el conocimiento y la práctica de lo que significa comunidad educadora.
  • Impulsar la cultura de evaluación de resultados de la educación.
  • Normar y orientar los procesos de selección y contratación de personal docente, administrativo y directivo en las Instituciones Educativas.
  • Decidir los contenidos y procesos de la capacitación docente.
  • Promover la creciente participación de padres de familia y comunidad en general, en la educación de sus hijos y en el mantenimiento y mejoramiento de los servicios educativos.
  • Fomentar la política de transparencia en la gestión de las instituciones educativas.
  • Conformar redes de bibliotecas escolares de barrios, clubes, centros poblados; coordinadas por la biblioteca municipal y apoyada por la Biblioteca Nacional.
  • Dotar, mantener y actualizar permanentemente el mobiliario y equipos.
  • Construir, mantener y reparar los locales escolares.
  • Supervisar y monitorear el servicio.
  • Concertar el apoyo técnico de las instancias de gestión educativa descentralizada (Dirección Regional de Educación y Unidad de Gestión Educativa Local).
  • Establecer alianzas estratégicas con instituciones públicas y privadas, nacionales y extranjeras, para la capacitación de docentes, administrativos y directivos orientada a la aplicación de propuestas innovadoras de la educación.
  • Ampliar las fuentes de financiamiento de la educación.
  • Buscar financiamiento a través de instituciones públicas y privadas, nacionales y extranjeras, para mejorar la infraestructura, el mobiliario y el equipamiento escolar.
Salud

La salud de la población constituye un foco de atención de la gestión municipal, incluido también en los Planes de Desarrollo Local Concertados los que establecen las prioridades de atención por parte de la gestión y los actores involucrados. Entre las principales funciones municipales en materia de salud tenemos las siguientes:

Funciones municipales provinciales: Gestionar la atención primaria de la salud, así como construir y equipar postas médicas, botiquines y puestos de salud en los centros poblados que los necesiten, en coordinación con las municipalidades distritales, centros poblados y los organismos regionales y nacionales.Realizar campañas de medicina preventiva, primeros auxilios, educación sanitaria y profilaxis local.


Funciones municipales distritales:

  • Gestionar la atención primaria de salud, así como construir y equipar postas médicas, botiquines y puestos de salud en los centros poblados que los necesiten, en coordinación con las municipalidades provinciales, los centros poblados y los organismos regionales y nacionales.
  • Realizar campañas locales sobre medicina preventiva, primeros auxilios, educación sanitaria y profilaxis.

Coordinar con las municipalidades de centros poblados para la realización de campañas de control de epidemias y control de sanidad animal.
 

A partir del año 2007 se pondrán en marcha en cada departamento planes pilotos para el inicio de la transferencia de la gestión de la atención primaria de la salud.

Defensoría Municipal del Niño y Adolescente

En el marco de las políticas de inclusión y desarrollo humano, la difusión y promoción de los derechos del niño y el adolescente constituye uno de los servicios sociales locales prestados por las municipalidades. Estos servicios se organizan a nivel distrital y provincial, dentro de sus programas sociales, por medio de la Defensoría Municipal del Niño y el Adolescente – DEMUNA, las cuales deben registrarse ante el MIMDES .

La DEMUNA es un servicio gratuito del Sistema de Atención Integral que funciona en los gobiernos locales, cuya finalidad es promover y proteger los derechos de los niños y adolescentes. Funciona en instituciones públicas y privadas y en organizaciones de la sociedad civil, es decir, no solo en las Municipalidades. La integran profesionales de diversas disciplinas, con el apoyo de personas capacitadas para desempeñar las funciones propias del servicio, quienes actúan como Promotores-Defensores. De no contar con profesionales pueden también integrarlos personas de la comunidad debidamente capacitadas y acreditadas para el ejercicio de su función.

Funciones específicas de la DEMUNA:
  • Estar informada sobre la situación de los niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas o privadas;
  • Intervenir cuando se encuentren amenazados o vulnerados sus derechos;
  • Promover el fortalecimiento de los lazos familiares. Para ello puede efectuar conciliaciones extrajudiciales entre cónyuges, padres y familiares, sobre alimentos, tenencia y régimen de visitas, siempre que no existan procesos judiciales sobre estas materias;
  • Contar con información sobre la colocación familiar;
  • Fomentar el reconocimiento voluntario de la filiación;
  • Coordinar programas de atención en beneficio de los niños y adolescentes que trabajan;
  • Brindar orientación multidisciplinaria a la familia para prevenir situaciones críticas, siempre que no exista procesos judiciales previos; y,
  • Denunciar ante las autoridades competentes las faltas y delitos cometidos en agravio de los niños y adolescentes.

El Código de los Niños y adolescentes, aprobado por la Ley 27337, establece las disposiciones relacionadas con los objetivos y funciones de las Defensorías del niño y el adolescente. Las municipalidades pueden dictar normas para complementarlo de acuerdo a su propia realidad.

Uno de los avances más importantes de la DEMUNA es la delegación de facultades de prestación de un servicio público de acceso a la justicia cuyos actos producen efectos jurídicos. Esto significa que la Defensoría tiene carácter de autoridad pública, estando facultada para instar a las partes en controversia a resolver sus diferencias, firmar actas de compromiso y realizar las demás acciones necesarias en la defensa de los niños y adolescentes.

La conciliación en la DEMUNA es un mecanismo importante orientado a la solución de conflictos familiares, buscando promover un acuerdo voluntario entre las partes. Las materias conciliables se refieren a:
- Alimentos,
- Tenencia y
- Régimen de visitas.

Sobre los alimentos hay que decir que consiste en lo necesario para el sustento: habitación, vestido, alimentos, educación, instrucción y capacitación para el trabajo, asistencia médica y recreación del niño y/o adolescente; también los gastos del embarazo de la madre, desde la concepción hasta la etapa del post parto.

La tenencia es un atributo de la Patria Potestad, mediante el cual uno de los progenitores, (padre o madre) asume el cuidado de la niña, niño o adolescente y vive con él. Procede cuando los padres están separados y determinan de común acuerdo quien asumirá la responsabilidad de criarlos.

Mediante el régimen de visitas, los padres que no viven con sus hijos, tienen derecho a visitarlos y mantener contacto con ellos, siempre y cuando acrediten cumplir con la pensión alimenticia. 

Este es un servicio brindado por el Instituto de Estudios Peruanos y cuenta con el apoyo de la
Corporación Financiera Internacional y la Agencia Canadiense para el Desarrollo Internacional, en el marco del Programa Canon
© 2011 IEP Instituto de Estudios Peruanos – Todos los derechos reservados
Derechos Humanos
Gobierno local y Cultura
Gobiernos Local y Medio Ambiente
Derechos
Órganos de Participación
Transparencia
Servícios Públicos
Servicios Sociales
Obras
Desarrollo Local
Asociación Municipal
El Presupuesto
El Presupuesto Participativo
Contabilidad Municipal
Patrimonio Municipal
Sistema Tributario Municipal
Gobierno
Administración
Control Institucional